| CONCEJALÍA DE ACCIÓN SOCIAL La Oficina de la Prestación Social Sustitutoria |
" El Art. 30 de la Constitución
Española establece la obligación de regular, con las debidas garantías, la objeción de
conciencia."
La Ley 22/1998 de 6 de julio regula el ejercicio de este derecho.
| FUNDAMENTO DE LA OBJECION DE CONCIENCIA |
Las convicciones de orden religioso, ético, moral, humanitario, filosófico o de naturaleza similar que justifique la exención del servicio militar. No se reconocen las motivaciones políticas.
| CUÁNDO SE PUEDE OBJETAR. |
A partir del alistamiento y hasta la incorporación al servicio militar. Cuando la solicitud se presente con al menos un día de antelación suspenderá la incorporación en tanto se produzca la resolución del Consejo Nacional de Objeción de Conciencia.
| ¿CÓMO SE SOLICITA EL RECONOCIMIENTO DE OBJETOR? |
Dirigiendo una instancia al Consejo Nacional de Objeción de Conciencia (CNOC) de Madrid. La instancia puede presentarse en el Registro General del Gobierno Civil. El plazo para resolver las solicitudes de reconocimiento será de tres meses. Transcurrido dicho plazo sin que haya habido resolución, la solicitud se entenderá estimada.
| LA PRESTACIÓN SOCIAL SUSTITUTORIA. |
Disponibilidad: Desde que se obtiene la condición de objetor hasta que se inicia el periodo de actividad.
Actividad: La P.S.S. en un destino determinado con una duración de 9 meses.
Reserva: Empieza al finalizar el periodo de actividad y termina el 31 de diciembre del tercer año siguiente.
| PROGRAMA DE COLABORADORES SOCIALES DEL AYUNTAMIENTO DE VALENCIA. |
Servicio de información y asesoramiento:sobre la Objeción de Conciencia y al P.S.S. para el público en general.
Programa de Colaboradores Sociales:para los objetores que deseen realizar su P.S.S. en el Ayuntamiento de Valencia, en cualquiera de las actividades de nuestra bolsa de destinos, que incluye todos los sectores de actuación posibles, en turnos de mañana o tarde. En la actualidad el concierto suscrito con el ministerio de Justicia es de 496 plazas.
Programa de formación :para los colaboradores sociales adscritos a nuestros destinos. Se les ofrece una formación básica y además la posibilidad de realizar cursos de formación específica sobre diferentes temas a lo largo de su prestación.